Si cobras una pensión por incapacidad permanente esta información te interesa. Eso sí, la opción de cobrar un 20% más por tu pensión por incapacidad permanente se da solo en el caso de que tengan uno de los grados de estas. Vamos a ver cuál es ese grado, cuál es el complemento que permite cobrar ese 20% extra y quienes son las personas que pueden acceder a él.
Quiénes pueden ganar un 20% más en su pensión
Hay una serie de personas que pueden conseguir un 20% más a través de su pensión por incapacidad permanente. Se trata de esas personas que cobran una pensión de incapacidad permanente total y llegan a una cierta edad, mediante un trámite que lo permite. Esto puede ser interesante para quienes cobran la cuantía pero no tienen otras fuentes de ingresos y se ven con dificultades para llegar a final de mes.
Lo que dice el BOE sobre la incapacidad permanente total cualificada
El complemento que vamos a ver y que se puede conseguir a través de la pensión por incapacidad permanente, es accesible para quienes cobran una pensión por incapacidad permanente total. No obstante, el BOE recoge un caso por medio de su revista de jurisprudencia laboral que habla sobre un caso de incapacidad permanente total cualificada de mayores de 55 años en la que expresa que “lo congruente es reconocer el derecho a percibir el complemento”.
Y añade que “la cuestión que resuelve la STS de 12 de febrero de 2020 versa sobre el principio de congruencia procesal, esto es, la de correlación entre el fallo judicial y la pretensión de la parte actora deducidas en un proceso de incapacidad permanente y la posibilidad de reconocer judicialmente una incapacidad permanente total cualificada (IPTC) cuando el demandante se limita a solicitar una incapacidad permanente. En este sentido y en materia de prestaciones el “petitum” no limita el reconocimiento de lo que legalmente corresponda; La sentencia objeto de comentario mantiene la doctrina sobre el incremento del 20% de la pensión por incapacidad total reconociendo el incremento aunque no haya sido solicitado aplicando la doctrina jurisprudencial consolidada y pacífica desde hace más de catorce años, revocando por consiguiente la STSJ Castilla-La Mancha de 30 de marzo de 2017, rec. 600/2016”, lo que aclara que incluso se debe dar el complemento a quienes no lo soliciten.
Requisitos para conseguir el 20% extra
Vamos a ver cuáles son los requisitos específicos que se necesitan cumplir para conseguir este complemento. Solo lo conseguirán las personas mayores de 55 años, que podrán solicitar el aumento del 20% de la cuantía como hemos dicho que es lo que está establecido para todos los casos.
Lo primero que se debe acreditar es que se está en situación de desempleo. Es decir, en los casos de estar cobrando una pensión por incapacidad permanente total y tener un empleo compatible con esta, por razones obvias no se puede acceder al complemento del 20%. No obstante, podrán acceder también las personas que estén en búsqueda activa de empleo y aún no hayan encontrado uno que puedan desarrollar.
En el caso de que la persona que quiere solicitar el complemento de la pensión por incapacidad permanente total esté cobrando una prestación por desempleo, no será posible conseguirlo. El hecho de que se cobre el paro, hace que se tengan ingresos suficientes, por eso no se da en estos casos la posibilidad.
Para más información sobre todo lo que tiene que ver con este complemento, se puede acceder a la página web oficial de la Seguridad Social. También es posible ser atendido/a para más dudas puntuales sobre este tema a través de sus números telefónicos de atención al cliente o mediante citas presenciales.
