Hay que tener en cuenta que perder la pensión puede ser una verdadera catástrofe para muchas personas. Una gran parte de quienes cobran pensiones, solamente cuentan con este ingreso mensual. Esto hace que si lo pierden, queden en riesgo de pobreza e, incluso, de exclusión social.
Incluso algunas personas que cobran pensiones, se ven obligadas a generar ingresos extra por otras vías. Una solución para alcanzar el nivel de vida que necesitan para equiparar su economía a los precios de consumo. Esto quiere decir que en algunos casos, no es suficiente ni siquiera la subida de las pensiones que se hace cada año de acuerdo a la subida del IPC (Índice de Precios de Consumo).
Motivos para perder la pensión de jubilación
Si en muchos casos es difícil llegar a final de mes con la pensión, como estábamos comentando, más difícil es para quienes la pierden y no cuentan con otras fuentes de ingresos.
Por eso es importante saber que existen motivos para perder la pensión, según cada caso. En el caso de la pensión no contributiva, esta se puede perder si se supera el límite de ingresos permitido en las rentas personales o familiares para poder percibirla. Esto es así porque en este caso, estas pensiones las cobran quienes no han cotizado lo suficiente como para cobrar una pensión contributiva. Por eso, al funcionar como una especie de prestación, no se deben superar unos límites de ingresos para seguir haciéndolo.
En el caso de la pensión contributiva, una razón de peso para perderla es la de vivir en el extranjero y dejar de presentar un documento antes de una fecha determinada. Este es el caso que vamos a ver hoy.
Documento para seguir cobrando en 2025
El motivo de peso para perder la pensión contributiva como hemos dicho, es vivir fuera y no presentar un documento. El hecho de que se cambie de domicilio o se viva en el extranjero, debe ser motivo de notificación a la Seguridad Social.
Esto quiere decir que quienes cobran una prestación contributiva y viven fuera de España, deben presentar el documento conocido como “fe de vida” antes del próximo 31 de marzo. El hecho de no hacerlo puede provocar la pérdida de la pensión durante el 2025.
Según las propias palabras de la Seguridad Social “los pensionistas de la Seguridad Social española residentes en el extranjero deben acreditar periódicamente su vivencia, a cuyo efecto deben presentar todos los años, dentro del primer trimestre natural, una fe de vida emitida por la Autoridad Competente del país de residencia, en el año del control, que acredite la vivencia para continuar percibiendo la pensión que tuvieran reconocida”, explican desde la Administración.
Esto se debe hacer para que la administración tenga constancia y credenciales de que se sigue necesitando la prestación, ya que quien reside fuera del país, sigue vivo/a. Hay que tener en cuenta que al tratarse del extranjero, no se tiene una conexión entre instituciones como la que se tiene en España. Por ello, esta información debe ser notificada y documentada con la “fe de vida” en la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que se encarga de gestionar los cobros de la persona en cuestión.
Cómo presentar el documento de fe de vida
Para quienes se estén preguntando cómo puede entregar este documento, es importante saber que la Seguridad Social tiene a disposición la aplicación móvil ‘VIVESS’, mediante la que estos trámites se pueden agilizar.
Si se quiere usar esta vía, que funciona por medio de reconocimiento biométrico facial, solo se necesita un smartphone y acceso a la app. Según las palabras de la Seguridad Social “el pensionista, una vez complete la acreditación de vivencia mediante esta aplicación, recibirá una justificación inmediata de la realización de este trámite y posterior confirmación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), sin trámites adicionales”.
