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Incluir el gimnasio en tu declaración de la Renta es posible: este experto explica cómo hacerlo

por H.Crespo
15 de febrero de 2025
en Economía
Incluir el gimnasio en la Renta

Incluir el gimnasio en la Renta

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En la Renta hay que pagar impuestos, pero también es posible deducir gastos. Uno de los que se puede incluir para ahorrar en el total de IRPF que se debe pagar a Hacienda cada año, es el del gimnasio. ¿Cómo? Pues la forma de hacerlo y lo que se puede ahorrar en la Renta en concepto de gimnasio lo ha explicado un experto en (@tu_blog_fiscal) y a través de un vídeo en su cuenta de TikTok.

Lo que puedes deducir de la Renta del gimnasio

Según el experto comenta en TikTok, es posible deducir de la Renta los gastos en materia de gimnasio. Unos gastos que se ahorrarán en la Renta en materia de IRPF y como deducciones, ya que la ley permite que así sea con una serie de gastos de las personas contribuyentes. 

Las deducciones dependen de cada comunidad autónoma, pero es importante saber que se pueden deducir los gastos del gimnasio en la Renta, así como de otras actividades deportivas. Estas son las opciones por las que podrás ahorrar en la Renta por estos motivos de salud y bienestar:

  • Por las cuotas de gimnasios, federaciones o clubes deportivos.
  • Por el equipamiento obligatorio en el caso de que se practiquen deportes federados.
  • En servicios de entrenamiento con técnicos y entrenadores deportivos.
  • En servicios de salud deportiva como médicos traumatólogos, nutricionistas, fisioterapeutas etc.

Para que las deducciones por medio de estos gastos se puedan hacer efectivas de la Renta, habrá que demostrar los gastos con los justificantes de pago en cada caso o con las facturas.

Otras deducciones para la Renta 2025

Igual que hemos visto que se pueden deducir gastos del gimnasio en la Renta, se puede hacer esto con gastos en material escolar en los casos de algunas familias numerosas y de otros gastos. Vamos a ver cuáles son las deducciones que se podrán hacer en 2025:

  • Por alquiler: dependen en cada caso de la Comunidad Autónoma y se necesita que se cumplan unos requisitos de edad etc.
  • Por donaciones: que van del 10% hasta el 80%, en el caso de ONGs como a Partidos Políticos. 
  • Por venta de vivienda en caso de ser mayores de 65 años: hasta miles de euros.
  • Por hipoteca: para viviendas compradas antes del 1 de enero de 2013. Son deducciones del 15% del importe amortizado, es decir, pagado de la hipoteca. El máximo es de hasta 9.040 euros. El importe deducible puede ser de unos 1.300 euros.
  • Por maternidad: con una bonificación de hasta 1.200 euros por cada hijo menor de tres años. Las deducciones fiscales se aplican ya sean madres desempleadas y cobren paro o trabajen incluso.
  • Por planes de pensiones: incluso de hasta 1.500 euros. Sobre todo las personas autónomas optan por planes de pensiones, porque les ayuda a ahorrar a la hora de pagar impuestos y también aseguran el futuro de su jubilación. 
  • Por afiliación a un sindicato o partido político: deducciones de hasta del 20%, con un límite de 600 euros anuales.
  • Por eficiencia energética: ahorrar en la Renta por este medio es cada vez más sencillo, ya que este hecho está apoyado cada vez más por las instituciones debido a los objetivos fijados en la agenda 2030 y relacionados con la sostenibilidad del planeta. Algunos ejemplos son los de poner placas solares o el hecho de aislar viviendas con materiales y técnicas que cumplan con objetivos eficientes y sostenibles. No se puede dar un porcentaje tipo en este caso, ya que lo que se pueda ahorrar en la Renta por este medio, dependerá del gasto que se haya hecho en estas obras.
  • Por inversión en nuevas empresas: se puede ahorrar en la Renta hasta un 30% de lo invertido y hasta un límite de 60.000 euros anuales.
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