Hay un documento que se debe presentar a Hacienda antes de la declaración de la Renta. Aunque la fecha de la Renta es el momento oficial en el que se presenta el impuesto del IRPF y la declaración de ingresos personales y rentas percibidas por rendimientos de trabajo, presentar este documento es vital para quienes deben hacerlo.
Se trata de un documento que afecta a quienes tienen bienes o propiedades en el extranjero y el hecho de no presentarlo a tiempo hará en muchos casos que Hacienda penalice con multas.
El modelo 720
Según la página web de la Agencia Tributaria el modelo 720 “modifica la Orden EHA/3481/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 189 de Declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores de dicho modelo por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática; y la Orden HAP/72/2013, de 30 de enero, por la que se aprueba el modelo 720, de Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, a que se refiere la disposición adicional decimoctava de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación.(BOE, 31-octubre-2023)”
Todo sobre lo que se debe informar a Hacienda y que debe formar parte de este documento son los siguientes bienes y propiedades en el extranjero:
- Las cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero
- Los valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.
- Los bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.
Repercusiones si no se presenta en plazo
En la página web de la Agencia Tributaria hay más información pública disponible sobre la Orden HAP/2194/2013 por la que se detalla que “regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.(BOE, 26-noviembre-2013)”
Toda esta información de la que habla Hacienda, debe presentarse mediante el modelo 720 antes del 31 de marzo. De otro modo, se podría estar sujeto/a a multas de hasta 20.000 euros siempre y cuando no se presente la información en el plazo establecido y correctamente. Estas son las razones de las multas que se pueden llegar a tener que pagar y que van de los 100 euros a los 20.000 euros:
- Si no se han presentado en plazo autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico.
- Si se ha incumplido la obligación de comunicar el domicilio fiscal.
- Si se incumplen las condiciones de determinadas autorizaciones.
El plazo para presentarlo a Hacienda y cómo hacerlo
Después de las repercusiones que hemos visto que se pueden tener si no se presenta el documento y de las multas que se tendrían que pagar a Hacienda si no se hace.
Según detalla Hacienda mediante la página web oficial de la Agencia Tributaria, se debe presentar este documento antes de la fecha señalada y a través de la APP Cl@ve o de un PIN enviado por SMS a su teléfono móvil.
Sobre la clave, el organismo detalla que “Cl@ve Móvil es el nuevo sistema de acceso electrónico a los servicios públicos que permite al ciudadano autenticarse en el trámite que esté realizando en la Sede Electrónica. Para utilizar Cl@ve Móvil se recomienda tener instalada la APP Cl@ve . El sistema ofrece la novedad de permitir escanear un código QR que evita al usuario la necesidad de incorporar sus datos identificativos en la pantalla de acceso. Si no puede escanear el código QR podrá confirmar la petición de autenticación que le llegará a la APP Cl@ve”.
