Hay un tipo de pensión que no lleva consigo paga extra, por lo que hay jubilados/as que no disfrutarán de esas mensualidades para poder invertirlas en vacaciones. Vamos a ver el grupo de pensionistas que se ven en esta situación, el porqué y todo el contexto que la rodea.
La paga extra
Las conocidas como “pagas extra” no son otra cosa que las pagas extraordinarias que la Seguridad Social concede a quienes cobran pensiones. Pero no son todos los tipos de pensión los que llevan consigo estas pagas. Hay algunos de ellos que solamente tienen las 12 pagas ordinarias.
Las pagas extra se cobran como una paga doble de la pensión en los meses de noviembre y junio. La primera es la paga extra para Navidad y se entiende que quienes la reciben la invierten en las fiestas navideñas y todo lo que estas explican. Es decir, en viajes, cenas y regalos para los seres queridos.
La paga extra de verano, se suele invertir en esos viajes que tanto aire dan a la rutina. Estas vacaciones suelen ser más largas y se suele gastar más dinero que en Navidad incluso, por lo que es bastante importante.
No obstante, hay quienes en este clima de inflación y dificultades económicas, ahorran estas pagas extra de la pensión, que se cobran como el doble porque es la misma cuantía y les sirve como colchón para el resto del año.
Las mensualidades ordinarias
Tal y como detalla la Seguridad Social en su página web oficial: “las pensiones de cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social se devengan por mensualidades naturales vencidas y se satisfacen en 14 pagas, una por cada uno de los meses del año y dos pagas extraordinarias que se devengan en los meses de junio y noviembre”.
Quizás hay alguna duda sobre cómo se procede cuando se cobra esta paga con la pensión, con las mensualidades ordinarias, a lo que el organismo también contesta en su página web oficial explicando que “se abonan íntegras, incluida la correspondiente al mes en que se produzca la extinción del derecho, salvo la pensión inicial que, si no se devenga el día primero del mes, se abonará en proporción a los días naturales que tenga el mes de efectividad de la pensión”.
La pensión que no lleva paga extra
Como hemos dicho, algunos tipos de pensión no llevan paga extra. Aunque sí la llevan las pensiones contributivas de jubilación y otras prestaciones similares. Según especifica la Seguridad Social también a través de su página web oficial los tipos de pensión que “derivan de accidente de trabajo y enfermedad profesional, se satisfacen en 12 pagas, ya que las pagas extraordinarias están prorrateadas en las mensualidades ordinarias”.
Esto significa que estas personas cobran las paga extra en su pensión, pero repartidas entre las 12 mensualidades ordinarias. Lo que significa que en ningún caso cobran menos por no recibirlas como una paga doble en los meses de noviembre y junio.
Es bueno saber que en el caso del pago de este tipo de pensión, no es la Seguridad Social la responsable, sino que lo es el “INSS o la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, según quien tenga a su cargo la protección de las contingencias derivadas de accidente de trabajo. Si la responsable de la protección es una Mutua, el pago de las pensiones se realiza por el INSS previa constitución, por parte de la Mutua, del valor actual del capital coste de la pensión correspondiente”.
Seguro que es un alivio para quienes no lo comprendieran hasta ahora, saber que no cobran menos por su pensión porque no reciban la paga extra de este modo. Una medida justa y equitativa para quienes las perciben.
