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Todos los seguros que te puedes desgravar en tu declaración de la Renta de 2024

por H.Crespo
7 de abril de 2025
en Economía
Todos los seguros que te puedes desgravar en tu declaración de la Renta de 2024

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La campaña de la Renta ya ha comenzado. El hecho de que la declaración se vaya a hacer por parte de muchas personas para pagar el porcentaje de IRPF correspondiente a sus ingresos, no quita que la balanza se pueda equilibrar incluyendo gastos.

Es importante tener en cuenta lo que nos podemos desgravar en la Renta. Además de los conocidos como los gastos en reformas de carácter sostenible y las compras en coche eléctrico, hay algunos otros que son más comunes. Vamos a ver de cuáles se trata.

Salud: los autónomos pueden desgravar en la Renta

Mientras que las personas que trabajan por cuenta ajena no pueden desgravar en la Renta sus seguros de salud, dado que se tiene acceso a la Seguridad Social, esto es diferente en el caso de quienes trabajan por cuenta propia. 

Para el primer grupo, los seguros de salud se consideran un producto añadido voluntario. Es por eso que en este caso no hay posibilidad de deducción directa. Sin embargo, en el caso de las personas autónomas, esto es diferente. En el caso de quienes trabajan por cuenta propia, es posible deducirse hasta 500 euros mensuales por persona y dentro de una unidad familiar por seguros de salud.

El límite además, se ha ampliado hasta llegar a los 1.500 euros en los casos en los que exista algún grado de discapacidad. No obstante, el seguro debe estar vinculado a la actividad profesional que desempeña la persona autónoma. Esto ocurre igual con otros gastos. También puede disfrutar de deducciones a través de sus familiares, siempre y cuando estos/as estén incluidos en su unidad familiar.

Seguro de hogar y alquileres

Otro punto por el que es posible deducirse en la Renta es el hogar. No obstante, aquí hay un punto importante, ya que solo se puede desgravar cuando este proviene de una vivienda cuya hipoteca fue firmada antes de 2013. Otro requisito es que ese préstamo esté asociado a la misma entidad financiera. En estos casos, el importe del seguro se puede sumar a las deducciones que se hacen en los casos de inversiones en vivienda habitual. 

Lo que sí hay que tener claro es que solamente es posible en el caso de quienes alquilan las viviendas. No existen deducciones para inquilinos/as. Por tanto, las deducciones serían a disfrutar por parte de quienes alquilan viviendas que generan rendimientos y como un gasto extra en este tipo de ingresos.

En el caso de que se trate de un seguro, la forma de incluir esto en la Renta es como gasto dentro del rendimiento neto del inmueble y dentro del borrador. Una buena noticia para quienes estén alquilando pisos o casas, ya que además de los altos ingresos que perciben por sus viviendas hoy en día, pueden tener este beneficio para hacerse con más ingresos netos.

La casa como espacio de trabajo

El último punto por el que podemos desgravarnos en la Renta es la casa como espacio de trabajo. Desde que vivimos la pandemia del coronavirus, el teletrabajo es cada vez más común. De hecho hay personas que nunca necesitan ir a la oficina. Es por eso que es posible deducirse en la Renta algunos gastos de la casa en los casos en los que esta es espacio de trabajo. Sobre todo en los casos de quienes trabajan como autónomos/as. 

Los gastos deducibles aquí son en concepto del porcentaje de superficie de la vivienda destinada a la actividad económica, entre otros. El límite que está permitido en estos casos a la hora de poder disfrutar de este beneficio en la Renta es del 15% de los gastos, para todos ellos.

Esto se traduce en un límite de 9.040 euros anuales, dentro de los que entran suministros como el agua, el gas, la electricidad y, por supuesto, los servicios de internet que son más que necesarios para desarrollar los trabajos en remoto. 

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