Hacienda avisa de que los autónomos deben presentar los modelos 303, 130, 131, 111 y 115 relacionados con el pago de impuestos (IVA e IRPF) así como las retenciones por alquileres.
Tendrán que hacerlo antes del 21 de abril ya que de otro modo, pueden tener que pagar multas que van desde los 200 euros hasta el 150% de la cantidad defraudada en los casos más graves.
Los documentos que deben presentar los autónomos
La campaña de la Renta comenzó el pasado 2 de abril y, como hemos dicho, los autónomos tienen hasta el próximo día 21 para presentar los documentos que ahora vamos a ver. Es la única forma de evitar esas multas que puede ser de alrededor de 600 euros en muchos casos, como hemos visto.
No obstante, la buena noticia es que como el día 21 de abril es domingo, el plazo se amplía hasta el lunes 22 de abril. Es importante que se presente la declaración por su parte y pese a no haber emitido ninguna factura. De hecho, el no hacerlo también hace que se puedan pagar multas de entre 200 y 600 euros. Estos son los modelos que hay que presentar por parte de los autónomos:
- El modelo 303 : que es la autoliquidación del IVA. En este caso todos los autónomos que estén obligados a repercutir IVA deben presentar este formulario. Es importante porque indica el IVA repercutido menos el soportado.
- El modelo 130: para el pago fraccionado del IRPF y para los autónomos que tributan por estimación directa. Se trata del porcentaje de los beneficios como adelanto anual.
- El modelo 13: que es para el pago fraccionado del IRPF (estimación objetiva) y en los casos de quienes pagan el impuesto por módulos. Es un pago a cuenta.
- El modelo 111: para las retenciones a trabajadores o profesionales. En el caso de que los autónomos hayan hecho retenciones a empleados, otros profesionales o empresarios.
- El modelo 115: para las retenciones por alquileres. Por ejemplo, si para el ejercicio del trabajo se paga un local u oficina sujeta a retención. En estos casos es obligatorio.
Estos cinco documentos son indispensables pero, además de estos, los autónomos deberían tener en cuenta, según la actividad que desarrollen, los siguientes: 349, 309, 380, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216 y 202.
El control de los autónomos por Hacienda
Hacienda controla a los autónomos más que a quienes trabajan por cuenta ajena. Esto es así y la sencilla razón por la que el fisco está poniendo sus ojos más sobre quienes trabajan por cuenta propia, es la evasión fiscal.
Cuando se trabaja por cuenta ajena es la empresa la que declara por quienes están empleados/as. Sin embargo, en el caso de quienes trabajan por cuenta propia, en algunos casos usan sistemas para recibir pagos como Bizum o el dinero en efectivo, para no declarar impuestos.
No quiere decir que esto se haga por parte de todos los autónomos, pero es cierto que existe siempre mayor riesgo de que así sea. Es por eso que a partir del año pasado, quienes trabajan de forma autónoma están obligados/as a presentar la declaración de la Renta, aunque no superen los umbrales de ingresos establecidos para ello.
De este modo, Hacienda se asegura que quienes trabajan como autónomos le rinden cuentas, independientemente de lo que facturen.
Otra forma que tiene Hacienda de controlar los posibles ingresos que no declaran los autónomos y hacer que se paguen impuestos por ellos son los límites que se están poniendo para transferencias de dinero a través de Bizum y los pagos que se reciben por medio de tarjeta.
