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Buenas noticias si eres uno de estos jubilados: podrás cobrar dos pensiones a la vez

por Elena
19 de abril de 2025
en Economía
Si eres uno de estos jubilados: podrás cobrar dos pensiones a la vez

Si eres uno de estos jubilados: podrás cobrar dos pensiones a la vez

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Si estás a punto de jubilarte y has trabajado a lo largo de tu vida tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, estás de enhorabuena: la Seguridad Social permite, en ciertos casos, cobrar dos pensiones al mismo tiempo. Lo cierto es que esto no es la norma, sino una excepción, por lo que solo en ciertas ocasiones concretas es posible que un jubilado pueda recibir una pensión del Régimen General y otra del Régimen de Autónomo, aunque se deben ciertas características asociadas a los años que se hayan cotizado en cada una de las formas que hemos mencionado.

La clave está en haber desarrollado actividades profesionales bajo los dos regímenes y, sobre todo, en cumplir con todos los requisitos exigidos por separado en cada uno de ellos. Por lo tanto, si crees que podrías estar entre esos afortunados, te interesa seguir leyendo porque en este artículo vamos a explicarte cómo funciona este sistema, qué condiciones exige y qué es lo que dice al respecto la propia Seguridad Social.

Quién puede cobrar dos pensiones y qué exige la Seguridad Social

Para poder cobrar dos pensiones de jubilación en España, el primer requisito fundamental es haber cotizado al menos 15 años en cada uno de los regímenes: tanto en el Régimen General como en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Y no solo eso. Es necesario que al menos dos de esos años se hayan cotizado dentro de los últimos quince anteriores a la solicitud de la jubilación.

Según la propia Seguridad Social, el trabajador ha tenido que estar cobrando al mismo tiempo un salario en algún momento de su vida laboral tanto como trabajador por cuenta ajena como por cuenta propia, es decir, como autónomo. Si ha realizado las cotizaciones correspondientes en ambos regímenes y estas han coincidido durante al menos 15 años, podrá acceder a dos pensiones contributivas por separado, aunque debe ser capaz de demostrar todo esto, por lo que no serviría de nada haber estado recibiendo dinero «de tapadillo».

Por otro lado, si no se llega a causar derecho a pensión en uno de los regímenes por no cumplir con los requisitos exigidos, las bases de cotización de ese régimen pueden sumarse a las del otro, pero solo para calcular la base reguladora, sin que esa suma supere el tope máximo de cotización vigente.

¿Cómo se calcula el importe si se accede a dos pensiones?

En este caso, el importe final de las pensiones dependerá del número de años cotizados en cada régimen y de las bases por las que se haya cotizado, por lo que cada pensión se calculará de manera independiente, aplicando el porcentaje correspondiente de la base reguladora en función del tiempo cotizado en ese régimen concreto.

Por ejemplo, si una persona ha trabajado durante 20 años como asalariado y otros 18 como autónomo, y cumple con todos los requisitos exigidos, podrá recibir una pensión por cada una de esas trayectorias laborales. El resultado será la suma de ambas pensiones que, aunque en muchos casos no alcanzan el 100 % de cada una por separado, sí suponen un incremento relevante respecto a una pensión única y por lo tanto más dinero para el beneficiario.

En todo caso, el régimen encargado de reconocer la pensión será aquel en el que el interesado estuviera dado de alta en el momento del hecho causante, es decir, cuando solicita la jubilación. Si no estuviera en alta en ninguno, se atenderá al último en el que cotizó, y si aún así no se alcanzan los requisitos, se optará por el régimen en el que haya acumulado más tiempo de cotización.

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