Si tienes mascotas y vas a hacer la declaración de la Renta probablemente te preguntes si ya por fin vas a poder desgravarte algunos gastos asociados a su cuidado como por ejemplo el tema del veterinario, algo que ya se lleva comentando mucho en diferentes sectores de la población, pero tenemos malas noticias, ya que Hacienda aún no ha dado el paso de reconocer esos gastos dentro de las deducciones habituales de la Renta. Pero sí ha abierto una pequeña puerta a quienes trabajan por cuenta propia.
La única posibilidad de deducirte gastos por tus mascotas en la declaración de la Renta de este año es que seas autónomo y que esos animales estén directamente vinculados a tu actividad económica. Por ejemplo, un educador canino o un vigilante de seguridad con perro podrían incluir ciertos gastos dentro de su contabilidad si estos son imprescindibles para desarrollar su trabajo. Eso sí, no vale cualquier cosa, ya que todo deberá justificarse correctamente con facturas y aparecer reflejadas en la contabilidad profesional.
Mascotas y deducciones: qué dice exactamente Hacienda
La Ley de Bienestar Animal, la cual entró en vigor en marzo de 2023, introdujo la obligación de tener un seguro de responsabilidad civil para perros, hecho que hizo que muchos se pregunten si, al tratarse de un gasto obligatorio, también podría desgravarse. Sin embargo, Hacienda ha sido muy directa en este sentido y ha respondido que no, que ni el seguro obligatorio para mascotas ni las visitas al veterinario son deducibles en la declaración del IRPF para la mayoría de los ciudadanos.
Por otro lado, la ley también recoge que el poner el chip, castrar a tu mascota o mantenerte al día con sus vacunas es algo a lo que también se obliga con esta ley y no tenemos nada que objetar, aunque lo cierto es que muchos nos preguntamos por qué esos gastos que debemos asumir como personales y que son obligatorios, no se pueden incluir en la declaración de la Renta como sí que pasa en otros países europeos.
A pesar de todo esto, quienes sí van a poder beneficiarse de una serie de deducciones relacionadas con los animales son los autónomos, aunque siempre y cuando dicho animal esté relacionado directamente con su actividad profesional. En este caso, estos trabajadores por cuenta propia podrán deducirse gastos como alimentación, vacunas, cuidados y, por supuesto, el seguro, aunque para ello será necesario que conserven toda la documentación de los gastos así como la justificación de que ese animal no es de compañía sino que entra en la categoría de herramienta de trabajo.
Las multas a las que te puedes enfrentar si no cuentas con el seguro obligatorio
Como ya hemos comentado, desde el 29 de septiembre del 2023 es necesario contar con un seguro de responsabilidad civil si tienes perro a pesar de que no puedas deducirte este gasto en la declaración de la Renta, ya que esto es algo que se establece en la Ley de Bienestar Animal. Si no cuentas con uno, debes saber que te pueden multar con cantidades que varían entre las diferentes comunidades autónomas y dependiendo de la gravedad de la infracción.
Este seguro cubre los daños que el perro pueda causar a terceros, ya sean personales o materiales, e incluye también los gastos judiciales que puedan derivarse de esos incidentes. La ley no hace distinciones por tamaño o raza, así que todos los dueños de mascotas están obligados a contratarlo si conviven con un perro.
Aunque de momento los gastos por mascotas no se incluyen como deducibles en la Renta para el grueso de la población, lo cierto es que el debate está sobre la mesa. Algunas voces dentro del ámbito político y social han comenzado a reclamar que, al igual que ocurre con otros gastos familiares, los relacionados con el cuidado y la salud de nuestras mascotas deberían reconocerse en el sistema fiscal, siendo que además todos estos son privados y no hay una opción de acudir a una «sanidad pública».
