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Confirmadas las nuevas enfermedades para solicitar una pensión de incapacidad permanente y cobrar el 100%

por H.Crespo
20 de abril de 2025
en Economía
Solicitar una pensión de incapacidad permanente y cobrar el 100%

Solicitar una pensión de incapacidad permanente y cobrar el 100%

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El hecho de tener una incapacidad permanente inhabilita en mayor o menor grado al que la sufre. Lo que sí es seguro es que inhabilita a la persona que la padece a desarrollar su actividad laboral u otras, dependiendo del grado de gravedad.

La incapacidad permanente ha de ser reconocida por un profesional médico y a cada persona que la sufre se le atribuye un grado de gravedad, dependiendo del accidente o la lesión que haya sufrido. Esta incapacidad permanente suele ir acompañada de una pensión y, en muchas ocasiones, las personas que la padecen disfrutan al presentar su tarjeta acreditativa de beneficios sociales y descuentos en materia de salud, educación o cultura.

Incapacidad permanente: ayudas y ventajas

El hecho de contar con una incapacidad permanente, aunque en muchas ocasiones pueda resultar doloroso físicamente y limitante, tanto a nivel económico como físico, trae consigo algunas ventajas y ayuda por parte del Estado. Hay que tener en cuenta que sufrir de una incapacidad permanente, sobre todo cuando es de un grado alto, puede ser desafiante también a nivel emocional. Es por ello que estas personas reciben algunas ayudas en materia de empleo, vivienda o educación.

  • Ayudas al autoempleo
  • Reducciones en el impuesto de matriculación de vehículos
  • Reducciones en el impuesto de circulación
  • Reducciones en el precio del transporte público
  • Acceso a programas europeos de formación y empleo
  • Beneficios para reserva del 2% en empresas con más de 50 trabajadores
  • Reducciones en la declaración de la renta (IRPF)
  • Acceso a bonificaciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
  • Bonificaciones especiales en pago de determinados impuestos, como el IBI, tasas de basura, agua y alcantarillado
  • Ayudas en la supresión de barreras arquitectónicas y la instalación de tecnología que puedan facilitar la vida cotidiana de los beneficiarios con discapacidad
  • Posibilidad de asesoramiento laboral
  • Posibilidad de reducciones en la adquisición de la vivienda
  • Beneficios para acceder a planes de pensiones

La Seguridad Social no dispone de una lista de enfermedades oficial que otorgue la incapacidad permanente, pero sí que cuenta con una tabla de 52 afecciones recurrentes que conceden el cobro de la pensión. Consulta aquí cuáles son.

Grados de la incapacidad permanente

Dependiendo del grado, la persona que sufre de una incapacidad permanente tendrá más o menos dificultades para trabajar y valerse por sí mismo y diferentes ayudas. También la cuantía es diferente. Estos son los grados de incapacidad en orden de gravedad:

  • Parcial: en este caso quien la sufre puede continuar llevando su trabajo a cabo, pero contando con que tiene un grado mínimo de un 33% y puede necesitar que se tengan que adaptar algunas cosas en su puesto.
  • Total: este tipo de incapacidad, como su propio nombre indica, inhabilita al trabajador a realizar su trabajo. Sin embargo, puede encontrar otros puestos que pueda desarrollar. En estos casos la pensión de incapacidad es de un 55% de la base reguladora.
  • Absoluta: en estos casos la persona afectada recibe el 100% de la pensión de incapacidad permanente, ya que no podrá desarrollar ningún trabajo.
  • Gran invalidez: este es un complemento que reciben las personas que tienen graves problemas o secuelas derivadas de su incapacidad permanente y que, incluso, necesitan asistencia externa en su día a día. También reciben el total de la base reguladora.

Lista de enfermedades para la pensión de incapacidad permanente

Esta es la lista de enfermedades que dan opción a conseguir una pensión de incapacidad permanente. A través de estas lesiones, afecciones o enfermedades la persona que las sufre tendrá derecho al 100% de la prestación. Son en total 52 enfermedades estas que la Seguridad Social tiene en cuenta para dar la pensión de incapacidad permanente:

  • Cáncer
  • Distrofia de conos y bastones
  • Distimia
  • Diabetes
  • Enfermedades hepáticas
  • Estenosis foraminal
  • Esquizofrenia
  • Enfermedades renales
  • Epilepsia
  • EPOC
  • Esclerosis Múltiple
  • Ataxia
  • Artrosis cervical
  • Artritis Reumatoide
  • Aniridia
  • Alzhéimer
  • Albinismo
  • Agorafobia
  • Condromalacia Rotuliana
  • Cardiopatía Isquémica
  • Espondilitis anquilosante
  • Espondilitis degenerativa
  • Fibrosis quística
  • Fibromialgia
  • Hernia discal
  • Ictus
  • Lesión medular
  • Lumbalgia crónica
  • Lupus
  • Miopía Magna
  • Maculopatía
  • Neuropatía cubital
  • Narcolepsia
  • Postpolio
  • Radiculopatía Lumbar
  • Retinopatía diabética
  • Retinosis pigmentaria
  • Rizartrosis
  • Silicosis
  • Síndrome de Ménière
  • Síndrome de Sjögren
  • Síndrome de Südeck
  • Síndrome de Tourette
  • Síndrome del túnel carpiano
  • Síndrome subacromial
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