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Giro radical en los radares: ahora van a saltar a partir de esta velocidad

por La Grada
5 de mayo de 2025
en Motor
Giro radical en los radares: ahora van a saltar a partir de esta velocidad

Giro radical en los radares: ahora van a saltar a partir de esta velocidad

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El exceso de velocidad continúa siendo una de las principales causas de infracciones y multas en España, y una de las principales preocupaciones para la DGT que, para obligar a los conductores a reducir la velocidad y mantenerse en los límites establecidos, utiliza diversos métodos. Estos incluyen el de los radares fijos y móviles en calles, carreteras y autopistas.

Los radares pueden ser fijos, de tramo, móviles (en patrullas, motocicletas, drones y helicópteros), con cámaras o con tecnología láser, pero todos tienen algo en común o casi: el punto en que se activan o saltan para indicar que el coche detectado se está excediendo en la velocidad.

¿A qué velocidad saltaban los radares hasta ahora?

Cuando nos convertimos en objeto de observación de un radar de la DGT, el dispositivo no se activa apenas cruzamos el umbral de los 100 km/h, sino que deja un pequeño margen, de unos cuantos kilómetros por hora, que puede funcionar como margen de error antes de indicar que estamos cometiendo una infracción.

Esa franja de exceso de velocidad permitida hasta hace poco era de un 5% en radares fijos y de un 7% en radares móviles. En términos de velocímetro: podíamos circular hasta 105 km/h en un punto o tramo con radar fijo sin hacer saltar el radar, pero si superábamos ese margen podíamos considerarnos en una infracción. En el caso de un radar móvil, teníamos que ir por encima de los 107 km/h para que nos registraran como infractores.

Este margen de error, o de exceso de velocidad permitida, se amplía cuando la detección se está realizando desde un helicóptero, cuyos radares pueden realizar labores de vigilancia desde una distancia mayor, pero también pueden tener una lectura de radar más imprecisa. En este caso, el radar salta cuando la velocidad alcanza o supera los 110 km/h.

Los nuevos porcentajes

Aunque inicialmente voceros de la DGT habían señalado que estos márgenes se mantendrían, los porcentajes se modificaron durante el segundo semestre de 2023. En este sentido, han pasado a ser de un 3 y un 5%, con lo que en realidad se estaría cumpliendo con una normativa establecida en febrero de 2020 (ITC 155/2020), que ordenaba reducir a la mitad el margen de error en las mediciones de exceso de velocidad con los radares.

De este modo, un radar fijo se activará al registrar el paso de un vehículo a 103 km/h, y un radar móvil lo hará cuando el coche alcance o exceda los 105 km/h. Con estos parámetros, la DGT espera disuadir a los conductores de sobrepasar los límites de velocidad, y conseguir que conduzcan por debajo de los límites permitidos. También ha sido noticia el modo en que la DGT ha incrementado el número de radares fijos, especialmente de tramo en todas las carreteras del país, así como en áreas de las principales ciudades.

Otras medidas de la DGT para controlar el exceso de velocidad

Esta institución está aprovechando los avances que se han producido en el área de software de asistencia a los conductores, presentes en los coches de última generación, y ha declarado obligatorio, desde 2022, el uso del Asistente Inteligente de Velocidad (ISA, por sus siglas en inglés).

Este sistema, que debe estar en cualquier coche nuevo que se venda a partir de este año, trabaja en conjunto con el Sistema de Crucero Adaptativo (ACC). Técnicamente puede comparar la velocidad del vehículo con los límites de velocidad permitidos en la vía que esté transitando, e informar al conductor a través de señales acústicas y visuales el momento en que se sobrepase.

Aunque muchos usuarios pueden ver estos avances como una especie de ‘amenazas’ y fuentes de sanciones, lo cierto es que realmente se trata de medidas de seguridad que nos benefician a todos.

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