La Dirección General de Tráfico (DGT) se mantiene inflexible con la ocupación indebida de plazas reservadas. Tanto es así que el organismo ha endurecido las sanciones por ello. Miles de conductores en España tienen problemas recurrentes para conseguir aparcamiento lo que, después de dar vueltas y vueltas en busca de un sitio disponible para estacionar su coche, termina en una práctica ilegal. La desesperación e impaciencia de algunas personas es tal que deciden ocupar algunas plazas que no son aptas para sus vehículos.
Ante esta situación, la DGT ha hecho oficial que a pesar de que el vehículo esté aparcado apenas un minuto, la multa seguirá adelante. Además no estamos hablando de una sanción cualquiera, sino que esta infracción puede acarrear una sanción de hasta 200 euros.
Esta es la práctica que persigue la DGT
El ente público ha fortalecido sus sanciones para luchar contra una práctica cada vez más extendida entre los conductores. A esta nueva triquiñuela se la conoce con el nombre de «icing», es decir, la ocupación indebida de plazas reservadas para carga eléctrica por vehículos no autorizados. De esta forma, si tu vehículo es de combustión y optas por aparcar en una plaza destinada para coches eléctricos, aunque solo sea por un minuto, puedes recibir una multa por parte de un agente de tráfico. Estarías infringiendo la normativa de aparcamiento.
La decisión de la DGT tiene como principal objetivo que las plazas de recarga queden disponibles para aquellos conductores que realmente las requieren, y evitar así que otros conductores se aprovechen de ese espacio inadecuadamente.
Prepara el bolsillo
Primero de todo, hay que explicar que la normativa general de tráfico distingue dos supuestos: la parada y el estacionamiento. La DGT considera parada a estacionar el vehículo durante un máximo de dos minutos. Además en ese tiempo, el conductor debe permanecer en el vehículo y no obstaculizar el tráfico. Sin embargo, cuando se pasa ese límite de tiempo o se abandona el coche, la parada pasa a ser un estacionamiento, y ahí sí que existe la infracción.
Las sanciones por esta práctica van entre los 100 y los 200 euros, en función de si es considerada infracción leve o grave. En el peor de los casos, la infracción puede considerarse muy grave en caso de que obstaculice la circulación. En este supuesto, se podría incluso proceder a la retirada del vehículo mediante la grúa. Por lo tanto, ya no serán ni 100 ni 200 euros sino que tendrás que pagar unos gastos adicionales por el tiempo que el coche esté estacionado en el recinto de la grúa y por retirarlo de allí.
No son las únicas plazas que vigila la DGT
Aunque la DGT se haya centrado principalmente en esta nueva problemática relativa a la ocupación de plazas destinadas a vehículos eléctricos e híbridos («icing»), hay muchas más plazas en el punto de mira del organismo vial. La DGT presta también especial atención a las zonas de carga y descarga fuera del horario. Muchos conductores aparcan en estas plazas fuera del horario permitido u ocupando los espacios de manera indebida.
A su vez, el estacionamiento en doble fila es considerado una infracción grave, sobre todo si se entorpece la circulación o el acceso de otros vehículos. Aparcar o detenerse sobre los pasos de peatones es otra práctica muy perseguida.
En todos estos casos las multas pueden llegar hasta los 200 euros, no obstante, si se pagan dentro del plazo voluntario, el importe se puede reducir a la mitad. El plazo para el descuento por pronto pago es de entre 10 y 20 días naturales, después de este período la sanción será en su importe íntegro. Finalmente, si decides reclamar la multa porque consideras que no es justa, debes tener en cuenta que si pierdes la solicitud no tendrás la posibilidad de pagarla a la mitad de precio.
