El cobro del paro es lo más importante para muchas personas que se encuentran en situación de desempleo y no cuentan con otra fuente de ingresos para llegar a final de mes. Por eso, sobre todo cuando el paro que se cobra no es muy elevado y debido al elevado coste de la vida, para muchas personas es crucial cobrarlo cuanto antes. La buena noticia es que hay bancos que adelantan el pago, lo hacen al día 7 de mayo u 8 de mayo, como Santander, Bankinter, BBVA, Caixabank y Unicaja.
Vamos a ver por qué son estos bancos los que pagan antes el paro, cuáles serán las fechas de cobro para estos y otros bancos y más detalles sobre el subsidio por desempleo.
La fecha de cobro del paro
Hay una fecha oficial en la que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) paga el paro. Este es el día 10 de cada mes. Sin embargo, al igual que ocurre con el cobro de las pensiones y de otras ayudas, los bancos se adelantan en algunas ocasiones a hacer este pago.
Esto permite fidelizar a sus clientes/as y, además de eso, también que estos sepan qué día exacto van a cobrar su cuantía del paro. Esto último es especialmente importante para las personas que se ven con grandes dificultades para llegar a final de mes, lo que suele ocurrir en los casos de personas en paro con familia numerosa o que tengan que pagar elevados alquileres o hipotecas.
La buena noticia es que bancos como Banco Santander, Openbank y Banco Mediolanum que adelantan el pago al miércoles 7 de mayo. Más allá de esto, hay algunas entidades que también pagan antes el paro y lo hacen el día 8 y a continuación veremos cuáles son y todas las fechas.
Las fechas en las que los bancos pagarán en mayo
Como hemos dicho, hay bancos y cajas que adelantan el pago del paro mientras que hay otros que no lo hacen. A este respecto, vamos a ver cuáles son las fechas exactas de cobro en cada caso:
- Banco Santander: 7 de mayo
- Openbank: 7 de mayo
- Banco Mediolanum: 7 de mayo
- Unicaja: 8 de mayo
- Bankinter: 8 de mayo
- Caixabank: 8 de mayo
- BBVA: 8 de mayo
- Banco Sabadell: 10 de mayo
- Abanca: 10 de mayo
- ING: 10 de mayo
Los requisitos para cobrar el paro
Si te has quedado sin empleo o crees que te puede pasar esto en un breve periodo de tiempo, te recordamos los requisitos para cobrar el paro. La página web oficial del SEPE los especifica así:
- Se debe estar afiliada o afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
- Quien lo solicita debe encontrarse en situación legal de desempleo, estar disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada. La solicitud incluye el acuerdo de actividad.
- Estar inscrito o inscrita y mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo en que se percibe la prestación.
- Se debe haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar:
- “En el caso de la persona emigrante retornada que cotizó al desempleo en España antes de emigrar, deberá tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 360 días dentro de los 6 años anteriores a la fecha de emigración, siempre que no hayan sido computados para el nacimiento de un derecho anterior. Además, no deberá estar percibiendo la prestación por desempleo en ningún otro Estado del Espacio Económico Europeo o Suiza”.
- “Si es persona trabajadora eventual agraria que, inmediatamente antes, figuró de alta en Seguridad Social dentro del colectivo de trabajadores autónomos o por cuenta propia, el período mínimo de cotización necesario para el acceso a la prestación por desempleo será de 720 días”.
- Que no se haya cumplido la edad ordinaria para jubilarse.
- Que no se realice una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo que sea posible la compatibilidad si lo establece un programa de fomento de empleo.
- Que no se cobre una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
