La pensión de viudedad es una prestación que se hace sumamente importante para aquellas personas que tienen hijos/as o personas a cargo y han perdido a su pareja. En muchos casos, la economía familiar se sustenta en dos sueldos.
En otros, es solo un sueldo el que sostiene a toda la familia, cuando hay alguien de la pareja que se queda al cuidado de esta. En este caso, perder la pensión de viudedad puede ser algo muy serio que ponga en riesgo de pobreza a la unidad familiar.
La pensión de viudedad y la brecha de género
El caso que acabamos de mencionar, se da mayormente con mujeres, sobre con la generación que ahora está percibiendo la pensión de viudedad. Se trata de una generación que se quedaba al cuidado del hogar y la familia. Los datos son certeros, ya que son hoy en día un 96% de mujeres quienes cobran la pensión de viudedad.
Es por eso que esta pensión está protegida, por los esfuerzos del Gobierno de luchar contra la brecha de género. Hay que tener en cuenta que las cuantías en muchos casos son reducidas, aún en los casos de tener familares a cargo. Vamos a ver cuáles son los motivos por los que se puede perder.
Por lo que se puede perder la pensión de viudedad
Y ahora que hemos visto la relación entre la brecha de género y la pensión de viudedad y antes de ver cuál es el límite económico para seguir cobrando esta prestación, vamos a ver cuáles son los supuestos por los que se puede perder.
En el artículo 219 de la LGSS se detalla que la pensión de viudedad es de carácter vitalicio, no obstante, la Seguridad Social establece en su página web oficial que hay casos en los que esta se puede perder. Estos son los cinco supuestos:
- Contraer nuevo matrimonio o constituir una pareja de hecho. Existen excepciones a esta norma que veremos después en detalle y en otro apartado específico.
- Por fallecimiento.
- Si se comprueba que el trabajador desaparecido no falleció por medio de un accidente.
- Por declaración, en sentencia firme, de culpabilidad en la muerte del causante por parte de la persona que percibe la pensión de viudedad.
- Por condena, en sentencia firme, por la comisión de un delito doloso de homicidio en cualquiera de sus formas o de lesiones, cuando la ofendida fuera la causante de la pensión, salvo que, en su caso, medie reconciliación entre ellos.
La Seguridad Social añade que “en estos supuestos, la pensión de viudedad que hubiera debido reconocerse incrementará las pensiones de orfandad si las hubiese”. Por otro lado, existen excepciones a esta norma y son estas:
- Si la pensión de viudedad es la principal o única fuente de ingresos del pensionista o la familia. Es decir, cuando “el importe represente, como mínimo, el 75% del total de ingresos de aquél, en cómputo anual”.
- Si la persona es mayor de 61 años o “tenga reconocida una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez”.
Cuantía límite de ingresos para mantenerla
Existe un límite de ingresos para mantener la pensión de viudedad. En los casos que acabamos de ver, se mantendrá siempre y cuando tenga “el matrimonio o pareja de hecho unos ingresos anuales, de cualquier naturaleza e incluida la pensión de viudedad, que no superen dos veces el importe, en cómputo anual, del SMI vigente en cada momento”.
Para el resto de casos, la pensión no se perderá mientras suponga al menos “el 75% de los ingresos anuales del beneficiario o si la suma de los ingresos del beneficiario más el nuevo cónyuge no superan dos veces el Salario Mínimo Interprofesional”.
