El subsidio para mayores de 52 años se consigue a través de cumplir ciertos requisitos que son indispensables. No obstante, una vez que se consigue no solamente haberlos cumplido por primera vez es suficiente.
Hay que seguir en el futuro demostrando que no se superan los umbrales de ingresos establecidos para determinar quiénes deben recibirlo. Vamos a ver cuándo el SEPE te puede obligar a devolver dinero del subsidio y, a repasar los requisitos generales que determinan cuáles son las condiciones y rentas en las que se puede percibir.
Subsidio para mayores de 52 años: requisitos
Como hemos dicho, en primer lugar para conseguir el subsidio para mayores de 52 años,
es fundamental que se cumplan una serie de puntos. Pero, además, algunos de ellos seguirán siendo cruciales en el futuro y en cuanto a las cantidades de ingresos que se pueden percibir junto al subsidio, por ejemplo. Estos son los requisitos que el SEPE detalla en su página web oficial:
- La persona que lo solicita debe estar en situación de desempleo y haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo. Las personas trabajadoras fijas discontinuas no podrán acceder cuando su fecha de hecho causante sea anterior al 2 de marzo de 2022.
- Quien lo solicita debe tener la edad de 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio.
- Es obligatorio estar inscrito/a como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo que estabas percibiendo (fecha en que finaliza la prestación concedida, que siempre será anterior a la fecha del último cobro de la prestación).
- Cumplir el acuerdo de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidio.
- Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Si no cumplieras este requisito en la fecha del hecho causante, podrás acceder al subsidio si lo cumples y lo acreditas dentro del plazo de un año desde entonces. En todo caso, el cumplimiento de este requisito deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.
- Es obligatorio haber cotizado el periodo mínimo requerido de al menos seis años a lo largo de la vida laboral a la Seguridad Social.
El trámite obligatorio para conservarlo
Como hemos dicho, una vez que se han cumplido estos requisitos no es suficiente. Es necesario hacer una declaración de ingresos anuales cuando se está recibiendo el subsidio para mayores de 52 años.
De este modo, esto se recoge con carácter oficial dentro de lo establecido en el artículo 299 de la Ley General de la Seguridad Social, que ha sido modificado por el Real Decreto-ley 2/2024. Es por esto que bajo ningún concepto pueden darse excepciones a este respecto.
En el caso de que el SEPE detecte que los datos que se han proporcionado no coincidan con la situación fiscal de la persona que los aporta, esta tendrá que devolver el dinero. Además, ocurrirá lo mismo cuando esta persona no haya hecho la declaración de ingresos anuales.
El caso de un beneficiario
Vamos a ver el caso de un beneficiario que se ha visto en la obligación de devolver más de 4000 euros que había cobrado por el subsidio para mayores de 52 años. El SEPE ha detectado una infracción en su declaración de ingresos, por lo que ha exigido la devolución de las cuantías según la normativa.
Esta nueva medida, antes nombrada y modificada por el Real Decreto-ley 2/2024 recientemente, busca tener un mayor control sobre las personas que cobran el subsidio para mayores de 52 años. Lo mismo ocurre con quienes cobran otro tipo de ayudas.
