El incremento de coches eléctricos en nuestras calles trae consigo nuevas normas a cumplir. Una de las más importantes que se dictan tiene que ver con los aparcamientos preferentes para estos vehículos. Ocupárselos de manera inapropiada no solo produce problemas para las personas que deben cargar sus coches, sino que también puede suponer una multa elevada.
Multa de 200 euros por aparcar donde no debes
Así lo han dejado claro desde la DGT: si estacionas en una plaza de recarga para automóviles eléctricos o híbridos enchufables y no te mueves con ellos podrás ser objeto de una sanción económica de 200 euros. De hecho, esta infracción aparece recogida en el Real Decreto 6/2015, que regula el uso de plazas reservadas para ello. Seguro que literalmente no pierdes puntos del carnet, pero tus finanzas no te lo perdonarán. Estas plazas suelen estar identificadas siguiendo la R-308, que claramente prohíbe el aparcamiento para el resto de vehículos salvo los que incorporan un sistema de propulsión eléctrico.
A pesar de que esté bien señalizado, todavía hay conductores que no respetan la señalización. Este comportamiento tiene un nombre: “icing”, una palabra que viene de Estados Unidos a la que se le da la razón de ser para describir a quienes ocupan plazas de recarga sin necesidad de aparcar.
Aparcar sin cargar también tiene consecuencias
La norma no solamente se aplicaría a los usuarios conductores de automóviles de combustión interna, sino que los usuarios conductores de automóviles eléctricos, podrían ser multado de 200 euros si no recargan el coche. En el supuesto de que estemos ante un punto de recarga que tenga un límite de tiempo y haya un conductor que lo sobrepase, esto se penaliza con una sanción de 90 euros.
Lo peor: la grúa podría llevarse tu coche
El mal uso de las plazas para aparcar que están reservadas podría no ser solo la imposición de una multa: y hasta podría considerarse una sanción, ya que, en circunstancias extremas y como pena, si cualquier coche mal aparcado ocupa indebidamente una plaza para coches eléctricos, se acabará retirando con la grúa municipal, lo que comportará el abono de la multa por ello y su correspondiente coste del traslado y del depósito.
La ley vigente pretendía poner en valor la movilidad sostenible y procurar la reducción de los niveles de emisión de los gases contaminantes, hasta tal punto que el Real Decreto 29/2021 establece, como obligado, que las instalaciones de aparcamiento con más de 20 plazas de aparcamiento deben tener, como mínimo, un punto de recarga por cada 40 plazas, y que en los edificios de la Administración Pública hay que tener el mismo número de puntos por cada 20 plazas.
Por lo tanto, estos puntos de recarga no son un capricho, sino que son una necesidad. De ahí que ocuparlos para dejar el coche sin permiso supone una merma a los coches que necesitan ser recargados para poder continuar su ruta.
Cumplir las normas evita problemas
Las plazas de aparcamiento que se encuentran destinadas a coches eléctricos representan una necesidad para los ciudadanos que optan por estos coches. Por tanto, no es complicado no utilizarlas y evitar así sanciones. Si conduces un coche de combustión, no ocupes una plaza para eléctricos. Si tienes un coche eléctrico, úsalas solo si realmente necesitas recargar.
Por tanto, la DGT está incrementando los controles para estas plazas, haciéndolo sobre todo en el entorno urbano y en los aparcamientos públicos de los centros comerciales. Y también cada vez más Cuerpos de Policía Local disponen de aplicaciones y sistemas que pueden servir para detectar o denunciar el incumplimiento de normas sobre las plazas de recarga.
En conclusión, no recibir sanciones está en nuestras manos. Respétalas, respétalas y contribuirás a que nuestras ciudades lo sean un poco más. En el fondo, esto no es un tema de dinero, sino de sentido común.
