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Ni obligación ni capricho: el Estatuto de los Trabajadores establece cómo se deben decidir las vacaciones cada año

por Ángel de la Fuente
17 de octubre de 2025
en Economía
Cómo se deben decidir las vacaciones cada año

Cómo se deben decidir las vacaciones cada año

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Es habitual que existan dudas sobre cómo se determinan las fechas de vacaciones dentro de una empresa, sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores es claro y establece con rigurosidad cómo se debe decidir el período vacacional cada año.

La normativa destaca que las fechas de vacaciones se pactan entre empresa y persona trabajadora. El Artículo 38 fija 30 días naturales retribuidos, y en caso de no haber acuerdo entre las dos partes, la decisión recae en la jurisdicción social. El Estatuto de los Trabajadores deja de manifiesto que la empresa no puede elegir unilateralmente cuándo tienes que coger tus días de descanso. No puede exigir unas fechas concretas y se debe llegar a un acuerdo entre ambas partes.

Esto recoge el Estatuto de los Trabajadores sobre las vacaciones

El Artículo 38 de esta ley reconoce el derecho a las vacaciones anuales retribuidas y fija el mínimo legal en 30 días naturales. En el global de días hábiles estamos hablando de 22 laborables, es decir, cuatro semanas completas de trabajo. No existe ninguna duda de que este derecho existe y está garantizado, sin embargo, la norma no decreta que días exactos se disfrutan. Por lo tanto, la ley es esclarecedora respecto a la duración de este período, pero en cambio no aclara el debate sobre quién y cómo se decide el calendario de vacaciones cada año.

Así deben pactarse las vacaciones

La ley ampara que ninguna de las dos partes debe imponerse a la otra. En caso de que haya una discusión con respecto a este asunto, el Estatuto de los Trabajadores será el encargado de marcar el procedimiento. La normativa interpreta lo siguiente: «Las vacaciones se fijarán de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones». Entonces, ¿Quién elige el calendario? La respuesta es nadie por sí mismo, si no hay acuerdo no puede haber una decisión unilateral. 

Es importante también revisar el convenio aplicable antes de proponer fechas definitivas. Los convenios sectoriales pueden ordenar la planificación anual y aportar criterios sectoriales.

¿Qué sucede si no hay acuerdo?

Si ninguna de las dos partes cede y el desacuerdo se mantiene, habrá que acudir a los tribunales. Ante este hecho, «la jurisdicción social fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible«. Dicho de otra forma, si la empresa impone fechas concretas o rechaza los días solicitados sin pactar otros, la persona trabajadora puede acudir a la vía judicial.

Aún así, antes de acudir a la Justicia conviene valorar previamente lo que establece el convenio colectivo según la actividad profesional. Al mismo tiempo, documentar las propuestas y respuestas ayuda a demostrar que realmente se intentó alcanzar un acuerdo y no hubo una predisposición favorable por la otra parte.

Algunas recomendaciones para evitar conflictos sobre las vacaciones

El tira y afloja puede desembocar en una tensión para nada agradable, por eso, y siempre dentro de la reglamentación que marca el Estatuto de los Trabajadores, existen algunos consejos que pueden ser útiles:

  • Mantener una negociación de buena fe: Ser consciente de las necesidades de la empresa y tratar de buscar un punto medio entre vuestras exigencias.
  • Revisar el convenio colectivo: Leer previamente los criterios de planificación anual o las prioridades a la hora de ordenar los turnos de trabajo.
  • Tener en cuenta la jurisdicción social: Si hay imposición sin acuerdo recuerda que la ley exige pactar las vacaciones. Si persiste el conflicto, la jurisdicción social fijaría la fecha de las mismas.

En definitiva, el período vacacional está reconocido por ley, pero a la hora de concretar las fechas de descanso será imprescindible que tanto la empresa como el trabajador se pongan de acuerdo. La prioridad es dialogar y llegar a un acuerdo y, solo si es inevitable, acudir a juicio para que finalmente se determinen los días exactos de vacaciones.

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