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El fin de la regla del “5 y el 7” en los radares: la DGT confirma la nueva velocidad a la que saltarán en España

por La Grada
18 de mayo de 2025
en Motor
La DGT confirma la nueva velocidad a la que saltarán en España

La DGT confirma la nueva velocidad a la que saltarán en España

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Dos tercios de las infracciones que se registran en España están relacionados con el exceso de velocidad, y uno de cada cinco accidentes de tráfico están vinculados a esta clase de imprudencia. Estos datos, sumados al hecho de que durante el primer trimestre de este año hubo un incremento en el número de accidentes con víctimas mortales, son las principales razones esgrimidas por la DGT para explicar el aumento de los controles de velocidad en carreteras y autopistas. Unido además un endurecimiento en la aplicación de las normas de circulación, especialmente en las relativas a los límites de velocidad.

Este año, la DGT ha aumentado el número de radares fijos y el uso de cámaras y puntos de control móviles, que incluyen desde patrullas hasta helicópteros y drones. No solo para sancionar a los conductores que sobrepasen los límites de velocidad, sino también como medida preventiva, y hacer que los conductores actúen con precaución, con el objetivo de disminuir el número de accidentes. Esta institución también ha introducido cambios en el rango de tolerancia, conocido por los conductores como la regla del “5 y el 7”, que ahora deberá llamarse la regla del “3 y del 5”.

La regla del 5 y del 7

Para evitar que los radares saltaran antes de tiempo y cubrir así un posible margen de error, la Dirección General de Tráfico programó sus radares fijos y móviles para que indiquen que se está cometiendo una infracción cuando los vehículos superen un límite de velocidad que está ligeramente por encima del límite oficial.

En el caso de los radares fijos, este límite era de 5 km en velocidades inferiores a los 100 km/h, y de un 5% en caso de velocidades superiores a los 100 km/h. Ejemplos: si vamos por una carretera donde el límite de velocidad es de 60 km/h podremos llegar hasta los 65 km/h sin que salten los radares o registren nuestro paso como una infracción. En cambio, en un tramo de carretera o autovía donde el límite sea de 100 km, los radares se activarán cuando superemos los 105 km/h.

Para los radares móviles, las lecturas hechas con cinemómetros desde diferentes clases de vehículos, desde motos hasta drones, el margen de error era de 7 km para límites por debajo de los 100 km/h, y del 7% para vías con límites superiores a los 100 km/h.

La nueva regla del 3 y del 5

A partir de mayo de este año, esta regla sufre un cambio que es importante conocer, porque reduce el rango de tolerancia de los radares y otros equipos de “7 y 5” a “3 y 5”. Esto significa que desde hace más de un mes los radares fijos se están activando cuando un conductor distraído o desinformado supera en 3 kilómetros el límite cuando este es inferior a los 100 km, o los 103 km/h cuando se trata de límites por encima de los 100 km.

Y es la misma interpretación en relación con los radares móviles: si el límite es de 80 km/h solo podemos conducir hasta los 85 sin que se active el equipo y señale que estamos cometiendo una infracción. En el caso de aquellos tramos donde el límite es de 120 km/h, el radar móvil indicará que estamos cometiendo una infracción cuando superemos los 126 km/h.

Recordemos que las multas por exceso de velocidad pueden ir desde los 100 hasta los 600 euros, y la pérdida de puntos en el carnet de conducir puede oscilar entre 2 y 6.

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