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Se confirman las últimas novedades en la declaración de la Renta de 2025

por H.Crespo
23 de marzo de 2025
en Economía
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La declaración de la Renta de este año trae novedades. Es importante que se conozcan, ya que si no se hace, se puede incurrir en errores o en la ausencia de declarar determinados ingresos, lo que puede dar lugar a multas.

Las multas que Hacienda pone por no hacer la declaración de la Renta están enfocadas a que no se den delitos como el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. No obstante, puede ocurrir que no se tenga la información de que hay que declarar nuevos ingresos o no se tengan las actualizaciones que vamos a dar hoy, lo que puede dar lugar a tener problemas posteriores de esta índole con la Agencia Tributaria. 

Declaración para personas paradas

Una de las novedades consiste en que las personas que no tengan trabajo también tendrán que declarar en la Renta. Esto es independiente de los ingresos que se perciban y del IRPF que tuvieran que pagar. Esta es una forma que tiene la Agencia Tributaria de que esas personas no están recibiendo ingresos en negro o desde otras fuentes, ya que esto puede darse.

Declarar los pagos por tarjeta 

Algo que está ocurriendo cada vez más, es que es difícil para Hacienda controlar los ingresos que tienen las personas autónomas o las pequeñas empresas. Por esta vía se da bastante el fraude fiscal, por lo que el hecho de que a partir de este año haya que declarar los pagos que se reciben por medio de la tarjeta, le facilitará el camino a la Agencia Tributaria. 

Esta nueva norma obliga a que se tengan que declarar todas aquellas operaciones por tarjeta que superen los 25.000 euros anuales en estos casos. También habrá que declarar los ingresos que se perciben por medio de Bizum siempre y cuando superen el límite de 10.000 euros anuales. 

Se puede pagar la Renta con Bizum

El hecho de que se pueda abonar la Renta por medio de Bizum es una señal más de que los tiempos están cambiando. Antes solamente se usaba Bizum entre particulares, al menos ese fue el origen de la app. Sin embargo, cada vez es más usado para todo tipo de operaciones, incluso oficiales como en este caso.

Ayudas por la DANA: exención

Hace unos meses veíamos que quedarían exentos/as de IRPF algunos/as de los/as afectados/as por la DANA. Las personas que estuvieron afectadas por el desastre natural que asoló Valencia han necesitado recuperarse también económicamente.

Por ello y según especifica en su web la Agencia Tributaria, se dio una ayuda extra que “se trata de un aplazamiento con un único pago a los 24 meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de la declaración correspondiente”. Además añaden que “no se devengarán intereses de demora durante los primeros 6 meses sin necesidad de constitución de garantía”.

Por otro lado, las donaciones de las empresas a sus trabajadores para compensar los daños que se dieron debido al desastre, quedan exentas de IRPF si se dieron entre las fechas del 29 de octubre y el 31 de diciembre de 2024.

Nuevo límite para quienes tienen dos o más pagadores

El límite para hacer la Renta para quienes tienen dos o más pagadores y sube hasta 15.876 euros, cuando antes era de 15.000 euros.

Donaciones por deducciones y alquiler para esta Renta

En el caso de quienes quieran desgravar por donaciones en esta Renta, es posible deducirse hasta el 80% de los primeros 250 euros cuando antes eran 150 euros.

En el caso de que se alquile una vivienda y para los contratos de alquiler firmados a partir del 1 de enero de 2024, la reducción es diferente. En el caso de que si el alquiler se ha firmado en una zona tensionada y el arrendatario ha reducido el precio en más de un 5%, la reducción será del 90%. En el caso de viviendas alquiladas por primera vez en zonas tensionadas a jóvenes que tengan entre 18 y 35 años la reducción será del 70%.

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