Para conseguir la pensión por incapacidad permanente primero es necesario pasar por un proceso de baja laboral. Una vez que se pasa ese proceso, la persona que lo ha atravesado, es evaluada por un tribunal médico. Después veremos más sobre cómo es este proceso.
Hoy nos enfocamos en cómo conseguir la pensión por incapacidad permanente, pero sobre todo en qué tipos de pensión son compatibles con un empleo. Una clave importante para algunas personas que no saben si después de una incapacidad se puede seguir trabajando y cuál es la situación en ese caso.
Cómo conseguir la incapacidad permanente
Antes de nada y como hemos dicho, hay un protocolo reglado que se debe superar antes de hacerse con la pensión por incapacidad permanente. No todo el mundo la consigue, ya que primero hay que pasar un periodo de baja laboral cuando se tiene un accidente, enfermedad o lesión que imposibilita trabajar a quien sufre alguno de estos imprevistos.
Lo que necesita una persona en estos casos es acogerse a la baja laboral. La persona que está de baja debe acudir al médico para pasar las revisiones. Estas revisiones, las recomendaciones de la persona que hace el seguimiento y los tratamientos prescritos van determinando su estado y su recuperación. Es obligatorio para seguir disfrutando de la baja laboral y la pensión que le corresponde a este periodo y equilibra la pérdida de ingresos, acudir a citas médicas y seguir los tratamientos que son prescritos por el equipo médico.
Para conseguir una pensión por incapacidad permanente primero hay que agotar el periodo de baja laboral. Este es de 365 días y prorrogable otros 180 días. Una vez que ha acabado este periodo, es cuando la persona debe esperar la resolución del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y sólo entonces se sabrá si puede conseguir una pensión por incapacidad permanente. Para ello debe pasar unas preguntas y el examen del tribunal médico.
Pensión por incapacidad permanente: tipos
Una vez que se ha pasado el periodo de baja laboral que acabamos de comentar y los exámenes médicos que posibilitan que se otorgue a la persona enferma la pensión por incapacidad permanente, se sabrá el grado de incapacidad y la pensión que se percibe.
Algunos grados de incapacidad impiden que se trabaje por completo, mientras que otros hacen que sea compatible el trabajo con el cobro de la pensión por incapacidad permanente. Estos son los diferentes grados de pensión por incapacidad permanente:
- Gran invalidez: que es el grado más grave y por el que se cobra el 100% de la pensión en todos los casos. De hecho quien la cobra queda inválid/a y necesita asistencia externa. Esta pensión por incapacidad permanente no es compatible con trabajar.
- Incapacidad permanente absoluta: por la que también se cobra el 100% de la base reguladora y tampoco se permite compaginar con un trabajo.
- Incapacidad permanente total: se cobra una pensión vitalicia. En este caso, sin embargo, la base reguladora de la pensión por incapacidad permanente depende de la gravedad de la discapacidad. En este caso sí se puede compaginar con un empleo.
- Incapacidad permanente parcial: consiste en una indemnización a “tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal)”, según concreta la Seguridad Social y se puede y debe compatibilizar con un empleo.
Tipos de incapacidad permanente compatibles con el empleo
Como hemos visto los tipos de pensión por incapacidad permanente que se pueden combinar con un empleo son los dos que hemos visto ahora mismo. Es decir, la incapacidad permanente total y la incapacidad permanente parcial.
- En el caso de la parcial, la discapacidad es del 33% y al no ser una pensión como tal lo que se cobra por ella, es necesario seguir trabajando.
- En el caso de la pensión por incapacidad permanente total, la base reguladora es del 55%, por lo que en muchos casos no cubre lo necesario para vivir y se necesita otro trabajo. De hecho, en este último caso, el grado de incapacidad impide desarrollar la profesión que se desarrollaba pero no otras.
