El Gobierno ha dado el visto bueno a la reforma clave de la ley de la jubilación activa y en virtud de esta nueva ley, cualquier persona que desarrolla tareas laborales puede cobrar a la vez la pensión con el salario. La nueva ordenanza elimina precisamente, la obligación de estar en posesión de un largo período de cotizaciones, dado que bastará con acceder a la jubilación activa habiendo cotizado solamente 15 años, que es el periodo mínimo requerido para acceder a una pensión contributiva.
El nuevo avance beneficiará de forma especial a las mujeres, que suelen presentar trayectorias laborales más cortas. Conviene apuntar que esta fórmula implica la ampliación de la vida activa, dado que también permite acceder a complementos salariales también una vez alcanzada la jubilación.
Según el tiempo durante el cual el ciudadano citado recorra la vida activa, se percibirá la una pensión completa, pero una vez pasados 5 años con la jubilación activa, podrá percibirse el 100%. La reforma también se dirige a los autónomos, los cuales podrán sumar y cobrar un porcentaje de su pensión a través de la actividad laboral que realicen según sus requisitos. La reforma entra en vigor en el mes de abril.
Requisitos para la jubilación activa
La nueva normativa aprobada introduce mayores aperturas para presentar los requisitos de la jubilación activa, tanto los trabajadores asalariados como los autónomos tendrán la posibilidad de presentar esta alternativa si cumplen con uno de los requisitos siguientes:
- Acreditar 15 años cotizados (180 mensualidades).
- Hacer constar haber llegado a la edad ordinaria de jubilación, tal como queda especificada en la legislación de la Seguridad Social.
- Estar en posesión de continuar llevando a cabo una actividad con una característica de lucro. En el caso de los trabajadores autónomos, o aquellos de los cuales existe un contrato indefinido, deberán dar cumplimiento a ciertos requisitos laborales, siendo esta de al menos 18 meses de antigüedad de los contratos
Pensión y bonificación
La norma hasta el momento vigente señala que estas personas que se jubilen de forma activa pueden percibir un porcentaje de la especificación que va aumentando de forma proporcional en función del tiempo que posterguen su retiro completo. Además, se han introducido incentivos económicos para fomentar esta modalidad:
- Incremento del 4% en la pensión durante el primer año.
- Complementos adicionales del 2% cada seis meses a partir del segundo año.
- Opciones de bonificaciones por demora en forma de cheque al contado (entre 5.000 y 12.000 euros).
Por otra parte, las cuotas de las cotizaciones a la Seguridad Social se reducen de forma importante. Los trabajadores asalariados solo aportan un 9% por personas en su cotización por solidaridad, y también existen reducciones relevantes para los trabajadores autónomos.
Importantes cambios para los trabajadores autónomos
La reforma plantea una serie de modificaciones también respecto de los trabajadores autónomos. Y es que los trabajadores autónomos que habían tenido, por ejemplo, trabajadores indefinidos podían cobrar la prestación hasta el 100% de la pensión pero manteniendo la relación laboral, por lo cual con la reforma de la jubilación activa este porcentaje ha pasado a ser un 75% más transitado desde otras tipologías de contratos indefinidos también.
No obstante, los trabajadores autónomos tendrán que cumplir el requisito de no haber mantenido una relación laboral con el trabajador contratado durante los dos años previos a la jubilación activa. Este mecanismo persigue, por un lado, de controlar el acceso a la jubilación activa y, por otro, el facilitar el acceso a un trabajo estable
La nueva jubilación activa se ha convertido en una excelente alternativa para los que quieren seguir trabajando y, de igual manera, mejorar sus ingresos. Con menos requisitos y más premios, esta reforma va a suponer un giro importante de cómo los trabajadores van a afrontar el final de su vida laboral.
