Si no sabes lo que puede pasar cuando devuelves recibos de luz y gas, te lo contamos. En algunos casos, puede que te hayan cargado un recibo duplicado y lo tengas que devolver para no pagar doble.
También se pueden dar otros errores en los recibos por los que han de ser devueltos. El problema es que para poder hacerlo de han de cumplir unos requisitos y unos plazos específicos que dictamina el Banco de España. Hoy vemos un poco más sobre este tema que es desconocido para algunas personas, pero es necesario conocer si queremos evitar problemas como los que hemos mencionado.
Lo que pasa si no pagas tus recibos de luz y gas
Hay quienes pueden haberse hecho esta pregunta alguna vez, ¿qué pasa si no pagas tus recibos de luz y de gas? La respuesta es clara. Según el Banco de España, esta práctica de devolver recibos o no hacerse cargo de ellos, sin cumplir unos requisitos o justificarlo, puede pagarse caro.
Hasta el punto de que es posible que si esto se hace, se pierdan subvenciones que se estén pagando o se tengan que pagar al final los recibos devueltos con recargo extra por la tardanza.
También lo que puede ocurrir es que las compañías que emiten los recibos interpreten que se trata de una renuncia a los servicios. No es sencillo verse en casa sin luz y sin agua por haber devuelto los recibos, por lo que es importante saber que nos podemos enfrentar a todas esas consecuencias, a no ser que se cumplan unos requisitos que vamos a ver a continuación.
Los dos requisitos para poder devolver recibos
Existen dos requisitos, según el Banco de España, que permiten que se puedan devolver los recibos. Según las propias palabras de la entidad: “En primer lugar, que en el momento de autorizarlo no se especificase el importe que se te iba a cargar inicialmente. En segundo lugar que, tras pagar recibos de cuantía parecida, se te gire uno cuyo importe exceda bastante de los pagados anteriormente. En este caso, se puede devolver en las ocho semanas siguientes a su cargo”.
Si se da alguno de los dos supuestos antes mencionados, es cuando la persona que es clienta de la compañía está en su derecho de devolver el recibo y ver qué está pasando para poder darle solución.
Sin embargo y según detalla también el Banco de España: “Si la devolución se produce porque nos giran un recibo por error o porque necesitamos liquidez urgente en ese momento, si no explicitamos la causa corremos el riesgo de que la empresa suministradora crea que anulamos el servicio”. Y es en estos casos en los que pueden darse los recargos y las pérdidas de subvenciones o bonificaciones que hemos mencionado antes.
Lo que debes hacer para no tener problemas
La buena noticia es que hay una manera de proceder para anular los recibos de forma protocolaria y sin sufrir riesgos como esos o más graves. Lo que reseña el Banco de España es que es crucial en estos casos que se indique clara y específicamente la causa de la devolución del recibo.
«La normativa de servicios de pago contempla el derecho del cliente a ordenar la devolución de los recibos o adeudos domiciliados que la entidad tiene que atender«, explica la alta entidad bancaria.
Por otro lado, algo que se debe cumplir, son los plazos de devolución. Estos deben ser de entre ocho semanas y trece meses. Esto depende de si los cargos contaban con una autorización previa a este movimiento. En caso de que no esté autorizado, el banco tiene diez días hábiles para devolver el dinero o justificar los recibos.
