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Cambios en el Impuesto de Sucesiones: todas las bonificaciones que ha confirmado Hacienda

por H.Crespo
3 de mayo de 2025
en Economía
Cambios en el Impuesto de Sucesiones: todas las bonificaciones

Cambios en el Impuesto de Sucesiones: todas las bonificaciones

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El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones tiene nuevas bonificaciones. Así lo confirma Hacienda y veremos que es para las comunidades de Asturias, Castilla La Mancha, Navarra, Cantabria y País Vasco. Nuevas bonificaciones que siguen poniendo de manifiesto la desigualdad de este impuesto según las autonomías. 

El tema del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es controversial para muchas personas. El hecho de recibir una herencia y tener que pagar a Hacienda, no es justo para algunas personas. Por eso, se están dando bonificaciones sobre todo en algunos casos de quienes más pueden necesitar el dinero, como pueden ser los/as más jóvenes y quienes han sufrido violencia de género.

Un impuesto desigual por Comunidades Autónomas

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es desigual en España, por lo que cada comunidad toma sus propias decisiones y fija sus normas con respecto a lo que se debe aportar por este impuesto. En algunos casos, las cuantías y bonificaciones son bastante diferentes en estas comunidades. No obstante, en la mayor parte de ellas se llevan a cabo exenciones para algunos colectivos, como el de las personas jóvenes o el de quienes sufren violencia de género.

Los cambios que se han dado con respecto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se comenzarán a aplicar de forma progresiva durante el año 2025 y afectarán de forma desigual a las diferentes comunidades, como viene ocurriendo. Vamos a ver en qué consisten las nuevas bonificaciones, en qué comunidades se introducirán y cómo es el contexto en el reto de España.

Novedades en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones tiene nuevas bonificaciones en el caso de algunas comunidades. Vamos a ver cuáles son en cada caso y cómo se van a ir introduciendo durante 2025 y de forma progresiva como hemos visto:

  • Castilla la Mancha: ha decidido que los/as menores de 21 años estén bonificados/as 100%. Para el resto de personas la bonificación es del 80% si la herencia no supera los 300.000 euros. Otras comunidades como Extremadura, Murcia, Valencia, La Rioja o Canarias han optado por una bonificación del 99% sin condiciones específicas, consolidándose como territorios con una política fiscal muy favorable en materia de sucesiones.
  • Asturias: el límite aquí es de 300.000 euros. Esta medida aplica para descendientes o adoptados menores de 21 años y para los mayores que sean cónyuges, ascendientes o adoptantes. Ha añadido una bonificación del 99% para víctimas de violencia de género dentro de los grupos I y II.
  • Cantabria: para cónyuges, ascendientes y descendientes será del 90% y el 99%.
  • Navarra: hay una bonificación del 100% para herencias inferiores a 250.000 euros.
  • País Vasco: existe un límite de 400.000 euros para la exención total del impuesto.

El impuesto en otras comunidades

Ahora vamos a ver cómo está el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en otras comunidades de España:

  • Madrid: bonificación del 99% para los familiares directos y para los hermanos una bonificación del 15%. Los sobrinos deberán pagar el 10% de lo que se recibe por la herencia.
  • Castilla y León: en caso de ser víctima de violencia de género se recibe una bonificación del 99% y todos los herederos gozan de un límite de 400.000 euros.
  • Cataluña: quedan exentos los menores de 21 que tengan una herencia inferior a 100.000 euros. Para los nietos esta medida se reduce hasta los 50.000. 
  • Galicia: marca el límite en herencias de 400.000 euros para los descendientes y adoptados de 21 años o más, cónyuges, adoptantes y ascendientes.
  • Andalucía: están exentos/as de pagar el impuesto hasta que la cuantía no supere el millón de euros. 
  • La Rioja, Murcia y Extremadura, Canarias y Valencia: todos los herederos tienen bonificado el 99%.
  • Aragón: bonificación del 65% en todos los casos siempre que la herencia no sea mayor de 100.000 euros.
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