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Confirmado: recibir una herencia sin pagar el Impuesto de Sucesiones es posible si sigues estos pasos

por H.Crespo
9 de mayo de 2025
en Economía
Recibir una herencia sin pagar el Impuesto de Sucesiones es posible

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El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en muchos casos es difícilmente asumible para muchas personas. El hecho de que haya que pagar un alto porcentaje por las herencias, hace que algunas personas que no pueden hacerlo, tengan que renunciar a ellas. No obstante, hay una forma de no tener que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y es poniendo la cuantía a cargo de la persona fallecida de la que se hereda. Es decir, que se reste el porcentaje que se debe pagar por el impuesto de la cuenta corriente de la persona que nos deja herencia.

Vamos a ver cómo se puede hacer esto, ya que se tienen que dar unas condiciones para que pueda llevarse a cabo.

Las herencias rechazadas por el Impuesto de Sucesiones

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones como hemos dicho, ha sido motivo de polémica y de controversia al hacer que algunas personas tengan incluso que rechazar sus herencias por no poder pagarlo. 

Para dar datos exactos, en el año 2023 fueron rechazadas más de 56.000. Este dato se traduce en que una de cada seis herencias no se tramitó, según informan los datos aportados por el Consejo General del Notariado.

Una vez que se está viendo la seriedad de la situación y las implicaciones que tiene para algunas personas y familias, en 2025 varios gobiernos autonómicos han decidido actuar y aumentar las bonificaciones para el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Este se gestiona de forma autonómica, lo que quiere decir que cada Comunidad Autónoma lo regula de un modo y tiene disponibles unas bonificaciones. Por ejemplo, en el caso de Madrid se ha mejorado la bonificación del 99% para parientes directos y se ha aprobado este mes una nueva rebaja fiscal del 50 por ciento del impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para hermanos, tíos y sobrinos.  

Cómo no pagar el Impuesto de Sucesiones

No obstante y más allá de las bonificaciones, vamos a ver cómo es posible no pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones a través de una fórmula accesible y sencilla para muchas personas. 

La opción, totalmente legal y permitida por ley, no es otra que cargar la cuantía del Impuesto de Sucesiones y Donaciones a la cuenta de la persona fallecida. Así lo explica el abogado experto en temas laborales, José Ramón López Martínez, que aclara que de este modo se paga el importe  «desde la propia cuenta del fallecido«.

Por ejemplo, en el caso de que la herencia sea de 20.000 euros y haya que pagar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones 5.000 euros, «lo que vas a recibir son 15.000, porque de ahí se restará el impuesto«. En este caso, si no se tienen esos 5.000 euros no se puede disponer del dinero de la herencia. 

Sin embargo, si hay dinero en la cuenta de la persona fallecida, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones se paga en forma de adelanto y se descuenta de la cuantía total. De este modo y siguiendo el ejemplo anterior, se recibirán 15.000 euros. 

La ventaja de esta opción

Tal y como señala el experto, poder hacer esto con el Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un verdadero alivio para muchas personas y familias «porque aunque igualmente lo pagues, no lo tienes que adelantar«, que es el problema al que se enfrentan muchas personas que no pueden hacerlo y tienen que renunciar a sus herencias.

Evidentemente, para poder hacerlo «debe haber dinero suficiente en la cuenta bancaria del fallecido«. No obstante, si hay la suerte de que haya esta liquidez, es tan sencillo como pedir esta gestión directamente a la entidad bancaria en la que se encuentre el dinero de la persona que deja la herencia.

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