El pasado verano Mariajo Pons hizo pública la complicada situación por la que estaba pasando, explicando el estado en el que se encontraba tras una lesión que la abocó a la retirada. La futbolista utilizó sus redes sociales para explicar como tras 10 meses de rehabilitación y dos intervenciones el resultado era “dolor en la articulación, un dedo torcido, rigidez en los otros dedos… Mano 20% funcional y un contrato rescindido”. A lo que añadía que “estas cosas a día de hoy no deberían seguir pasando en el fútbol femenino”.
El Espanyol matizó los hechos
El Espanyol ante esta situación expresó su versión de los hechos con un comunicado público en que matizaba algunos puntos:
Respecto a las declaraciones y la desvinculación laboral de la jugadora del primer equipo femenino, María José Pons, el RCD Espanyol de Barcelona quiere hacer las siguientes matizaciones:
1.- Con fecha 6 de julio de 2020, y en situación de alta médica desde el pasado 18 de mayo, el club decide resolver el contrato de la citada jugadora por motivos estrictamente deportivos, tal y como se le notifica personalmente, de la misma manera que se ha hecho con otras jugadoras.
2.- Respecto a la lesión en el tercer dedo de la mano derecha que sufrió durante un entrenamiento, en septiembre de 2019, el RCD Espanyol entiende que lo que expone forma parte de un litigio que la jugadora mantiene con organismos públicos ajenos por completo a nuestro club. El alta médica que acredita su situación actual fue emitida por la mutua laboral que la trató y, posteriormente, ratificada por el organismo con la máxima competencia médica de Catalunya.
Por todo ello, el RCD Espanyol se reserva el derecho a emprender todas las acciones legales que considere necesarias para salvaguardar su buen nombre y el de los profesionales sanitarios del club.
Ya han sentencia: la jueza da la razón a Mariajo en su demanda contra el INSS, la TGSS y la Mutua Montañesa
El tema estaba pendiente de la resolución en los tribunales, y esta ha sido favorable a la ex-futbolista. Así, la jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Sabadell ha dado la razón a Pons en su demanda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Mutua Montañesa. La sentencia deja sin efecto el alta médica de 18 de mayo de 2020, condenando a la mutua al abono a la jugadora de la prestación de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo. Tras pasar dos veces por el quirófano, la Mutua Montañesa la citó el 18 de mayo de 2020 para una nueva intervención, que debería llevarse a cabo el día 20 de mayo. Al no ser intervenida, la mutua le dio el alta médica, lesionándole e incumpliendo lo establecido en un Real Decreto a los efectos. La jueza estima que “no se habían agotado todas las posibilidades terapéuticas, y en consecuencia, en el momento del alta médica persistía una patología que le impedía trabajar en su profesión”. Por ello, dice la sentencia, María José Pons reúne los requisitos para que se la considere en situación de incapacidad temporal.
Desde luego que hay mala praxis en este caso,me alegro por ella.