La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Barcelona ha retrocedido en el caso Hugo Mallo. Según informa el diario AS, el tribunal, a través del letrado Francisco Velasco García-Plata, ha estimado este martes -mediante un documento fechado el 4 de febrero de 2025- dejar provisionalmente sin efecto su propia diligencia de ordenación emitida el pasado viernes 31 de enero. El ex capitán del Celta de Vigo sigue condenado por abuso sexual a la persona que interpretaba a la mascota del Espanyol el 24 de abril de 2019 , en el RCDE Stadium. La única modificación que se produjo en la situación judicial de Mallo es que la sentencia vuelve, provisionalmente, a no ser firme.
La enmienda del tribunal sobre su propia resolución llega después de que el diario AS informara sobre la misma este lunes. Pocas horas después, la defensa del jugador del Aris de Salónica presentó pruebas de que sí había interpuesto un recurso de casación en tiempo y forma el pasado 19 de diciembre, recurso que impugna la sentencia dictada en diciembre, la segunda condenatoria para Mallo tras la emitida en septiembre por el Juzgado de lo Penal número 19 de Barcelona.
El letrado Velasco García-Plata recoge en el documento emitido este martes: “Se tiene por interpuesto el anuncio de recurso de casación por la representación procesal”, y añade: “En consecuencia, se deja sin efecto la Diligencia de Ordenación de fecha 31-01-2025”.
La Audiencia Provincial de Barcelona notifica que la sentencia a Hugo Mallo se mantiene firme. Sin entrar en los motivos de la corrección, fuentes vinculadas a AS apuntan a que podría tratarse de un mero error burocrático, como pérdida o documentación errónea. Ahora todo depende del magistrado que tendrá que decidir si acoge o no el recurso de casación. En caso afirmativo, el caso pasaría al Tribunal Supremo.
