El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha resuelto por primera vez una cuestión que lleva años planteándose en torno del sistema de pensiones en España. Un trabajador de Zaragoza, con una discapacidad del 57 por ciento y más de 42 años de cotización, ha podido acceder a la jubilación anticipada con el 100% de su base reguladora, recibiendo una pensión de 2.932,14 euros al mes -lo cual le había sido llegado a denegar por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Se extrae de este caso la relevancia de conocer adecuadamente cuáles son los requisitos establecidos por la norma para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón confirma que la discapacidad del trabajador estaba presente desde su infancia, por tanto, podía beneficiarse de coeficientes reductores en la edad de jubilación.
El caso que desafía la normativa de la Seguridad Social
El trabajador, que había padecido un traumatismo craneoencefálico a los tres años de edad, había ejercido su profesión durante más de 40 años. En 2023 solicitó la jubilación anticipada a los 63 años, momento en que el Instituto Nacional de la Seguridad Social le denegó la solicitud argumentando que no acreditaba los 15 años de cotización exigidos desde que su discapacidad comenzó a menoscabar su capacidad de trabajo.
El afectado, sin embargo, argumentó que su incapacidad había comenzado en la infancia, lo que lo habría hecho acreedor a la aplicación de coeficientes reductores de edad. Si bien un juzgado de Zaragoza concedió el amparo solicitado, el Instituto Nacional de la Seguridad Social recurrió la decisión judicial, prologando así su reclamación por la reivindicación de su pensión en su totalidad. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón terminó por declarar que el demandante cumplía todos los requisitos para poder percibir el 100% de su base reguladora, extinguiendo la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social y ordenando recalcular la pensión.
Claves para acceder a la jubilación anticipada con el 100% de la pensión
Esta experiencia pone de manifiesto que el conocimiento de la ley puede suponer una diferencia a la hora de acceder a la pensión por jubilación. A continuación se expone una adición de algunos de los elementos que facilitaron que se reconociera el derecho del trabajador en cuestión:
- Antigüedad en la cotización: A partir de los 42 años cotizados, el trabajador superaba ampliamente el requisito de los 15 años mínimos de cotización a tener en cuenta desde la aparición de su discapacidad.
- Grado de discapacidad: Con un 57 por ciento reconocido claramente superaba el umbral del 45 por ciento para poder aplicar porcentajes reductores.
- Legislación vigente: El Real Decreto 370/2023 que modula el Real Decreto 1851/2009 establece condiciones beneficiosas para el acceso a la jubilación anticipada para personas con discapacidad.
Estos elementos fueron claves para que el tribunal reconociese el derecho a la pensión completa del trabajo con una ausencia de penalización.
Un precedente para otros trabajadores
Se trata de una sentencia que no solo premia con justicia al trabajador afectado, sino que también sienta importante precedente por venir en otras reclamaciones. El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) reafirma que ha de hacerse un justo y equitativo tratamiento en la aplicación de los coeficientes reductores a un trabajador que ha dado su vida sin importar sus limitaciones físicas.
También el fallo destaca una auténtica necesidad para que trabajadores con discapacidad revisen su situación con asesores especializados para asegurarse de que todos los beneficios legales de que disponen no se les escapen ni por un momento.
Con este reconocimiento, muchos otros afectados en circunstancias similares quedan habilitados para conseguir la dignidad de su jubilación, conforme a sus condiciones laborales y de salud.
