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El Banco de España lo confirma: debes entregar este documento en mayo o te cerrarán tu cuenta bancaria

por H.Crespo
4 de mayo de 2025
en Economía
Debes entregar este documento en mayo o te cerrarán tu cuenta bancaria

Debes entregar este documento en mayo o te cerrarán tu cuenta bancaria

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El Banco de España ha confirmado que pueden cerrar una cuenta bancaria en algunos casos. Aunque el organismo afirma que «para bloquear una cuenta, el banco deberá tener una causa justificada y avisar al titular para evitar los posibles perjuicios derivados de la devolución de ingresos, disposiciones o recibos«, a través de su sitio web, lo cierto es que esto sucede cuando no se dan datos personales a las entidades o cuando hay contradicciones entre quienes son propietarios/as de una cuenta bancaria. 

Vamos a ver cuáles son los casos en los que el Banco de España puede decidir cerrar una cuenta bancaria y qué ocurre con el acceso a esa cuenta. 

El banco vigila tu cuenta bancaria

Según el mismo Banco de España detalla en su página web oficial, existe una “nueva limitación legal a los pagos en efectivo. Es una forma de luchar contra la economía sumergida y el fraude fiscal, que complementa otras medidas relativas al efectivo que debes conocer”. Y añade que por ello “las personas físicas, tanto si actúan en nombre propio como de terceros, están obligados a declarar presentando el modelo S1 abre en ventana nueva los siguientes movimientos”:

  • La salida o entrada en territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
  • Los movimientos por territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 100.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.

Del mismo modo, la entidad avisa de que “las entidades financieras juegan también un papel importante en la lucha contra el blanqueo y el fraude, por lo que están sometidas a normativa al respecto”. Por ello, cuando hablamos de dinero en efectivo y de las operaciones que se pueden hacer con él, “las entidades financieras están obligadas a reportar a la Administración Tributaria determinados movimientos que los clientes pueden realizar en sus cuentas”:

  • Las operaciones en efectivo, tanto ingresos como retiradas, que superen los 3.000 euros.
  • Los cobros de cualquier documento (cheques, letras, pagarés…) superiores a 3.000 euros.

También añade que “la normativa obliga a estas entidades a aplicar medidas reforzadas de diligencia para las operaciones de envío de dinero cuyo importe, bien singular, bien acumulado por trimestre natural, supere los 3.000 euros, así como a identificar a todas aquellas personas que realicen operaciones con ellas superiores a 1.000 euros”.

Cierran las cuentas por estos motivos

No obstante, los motivos por los que el banco puede cerrar una cuenta bancaria no son esos, sino otros que vamos a ver ahora mismo. Lo primero que hay que tener en cuenta es que, además de lo que acabamos de ver, para evitar el blanqueo de capitales y el fraude fiscal, es necesario tomar una serie de medidas como la de tener los datos personales de toda aquella persona que tenga una cuenta bancaria. 

Tanto es así que el primer motivo para bloquear una cuenta bancaria es el de que el/la cliente no proporcione sus datos personales completos o correctos. Por otro lado, también puede bloquearse una cuenta bancaria en el caso de que haya más de una persona titular y no haya consenso entre ellas o den instrucciones contradictorias. 

Cómo recuperar el acceso a la cuenta

Sí es posible acabar con el bloqueo de una cuenta bancaria. En el caso de que se trate de falta de datos, la persona solo tendrá que aportarlos para que se vuelva a reactivar y funcione sin problema. Por otro lado, cuando hablamos de los casos en los que se cierra una cuenta bancaria por falta de acuerdo entre cotitulares, tiene que darse un acuerdo para que se vuelva a poder poner en activo. 

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