Tener una mascota puede ser muy bonito, pero supone una responsabilidad y gastos que puede alterar la economía familiar: alimentación, revisiones del veterinario… el procedimiento altera el presupuesto familiar. Sin embargo, según la Ley de Bienestar Animal, los dueños podrán desgravar parte de los gastos en su declaración de la renta tal y como confirma Hacienda.
Una medida para favorecer el bolsillo de miles de hogares españoles. Desde la entrada en vigor de esta ley, gastos sobre la salud de animales de compañía, como son los perros y los gatos, ya sean vacuna, revisiones, tratamientos básicos, pueden acogerse a las deducciones fiscales. No son todas las comunidades autónomas las que se han acogido a esta ley y en este sentido, resulta bueno estar informados sobre las especificidades que ofrece cada autonomía.
Exigencias de Hacienda para desgravar gastos
El primer requisito para poder acceder a dichas deducciones de Hacienda es que la mascota esté identificada y controlada en el censo. Para ello debe disponer de su chip de identificación al día y de la documentación en regla. Otro requerimiento de Hacienda es que se conserven las facturas todos los servicios veterinarios que desees deducir en la próxima declaración de la Renta. Sin las facturas, sin una manera de justificarlo, por tanto, perderás el derecho a aplicar la respectiva deducción. La cantidad que puedes desgravar varía porcentualmente entre un 15 por ciento y un 25 por ciento del total de gasto, dependiendo de la comunidad autónoma de residencia. Algunas comunidades autónomas aplican una bonificación fiscal máxima sobre vacunas y tratamientos preventivos.
Es fácil al realizar la declaración de la renta. Tendrás que acceder a la aplicación Renta Web y buscar el apartado de estos gastos. Vas especificando por importe y el propio sistema irá aplicando los cálculos derivados de los datos prefijados que se irán descontando.
Hacienda y las comunidades autónomas
Algunas comunidades autónomas pueden no ofrecer la deducción mencionada, ya que la aplicación de la misma depende de cada gobierno autonómico. Para ello antes de ir mirar si puedes desgravar es necesario informarte de la ley que te compete en tu lugar de residencia. En las comunidades donde sí existe, la ley trata de fomentar la tenencia responsable de los animales de compañía y premiar a los que cumplen con sus obligaciones. Para dar un ejemplo, comunidades como la de Madrid o Cataluña lo contemplan en su normativa y van en dirección de la aplicación de la deducción correspondiente. Por el contrario, en otras ese tema está aún en discusión. Consulta la página oficial de tu comunidad o si lo prefieres, acude a un profesional fiscal para, así, no llevarte un susto y saber qué gastos vas a poder desgravarte de la próxima delación de la Renta.
Prepara tu declaración de la renta
Es muy importante tener toda la documentación en orden, pide siempre las facturas a tu veterinario y comprueba que recojan los datos que te requieren (nombre del propietario del animal, identificación del animal, servicio prestado). Cuanta más clara y detallada tengas las cosas menos problemas podrás tener a la hora de justificar los gastos ante Hacienda. También te será útil contrastar cómo han aplicado las deducciones otros dueños de mascotas en tu comunidad, a veces las experiencias compartidas pueden serte muy útiles para evitar errores.
En definitiva, esta medida no sólo ayuda a resolver parte del esfuerzo económico que supone la tenencia de los animales de compañía, sino que representa, también, una forma de fomentar su bienestar. Si cumples los requisitos y preparas la información suficiente con antelación, puedes beneficiarte de esta deducción y de paso brindarle un pequeño respiro a tu cartera. No dejes escapar esta oportunidad.
